Hace pocos días recibía la grata noticia de que la administración procedió a archivar las actuaciones relativas a dos expedientes sancionadores por sendas infracciones graves tras haber presentado unas alegaciones en las que se demostraba que dichas infracciones fueron motivadas por una situación inesperada.
Con este caso como ejemplo, quiero volver a incidir en la importancia de saber documentar cualquier situación que nos ocurra y que nos impida respetar y cumplir las disposiciones reglamentarias en lo concerniente a tiempos de conducción y descanso. Para ello os adjunto este texto sobre el artículo 12 del reglamento 561/2006 y su aplicación práctica en este caso en concreto.
Espero que os sirva de ayuda.